jueves, 30 de enero de 2014

Salió cronograma para la presentacion del DAOT

Se encuentran obligados a presentar la Declaración por el ejercicio 2013, siempre que en dicho ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:
 
a) El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias consignados en las casillas Nºs. 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual - Formulario Virtual Nº 621 y/o en la casilla Nº 100 del Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV - Renta Mensual.
 
b) El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias.
 
Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas Nºs. 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV Renta Mensual - Formulario Virtual Nº 621 y/o en la casilla Nº 107 del Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV - Renta Mensual.
Para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros” - Formulario Virtual Nº 3500 - versión 3.3.
 
La Unidad Impositiva Tributaria a considerar será la vigente durante el ejercicio 2013.




No hay comentarios: