domingo, 21 de julio de 2024

Agentes de Retención y Agentes de Percepción

Desde que el Gobierno mediante normas aprobó una serie de medidas administrativas que tienen como finalidad incrementar la recaudación tributaria, de este modo se aprobó el Régimen de Retenciones y Régimen de Percepciones, dispuesto tanto a los clientes como a los proveedores mediante el cual, se hicieran responsables de los cobros de parte de dicho tributo del Impuesto General a las Ventas, que convirtieron en colaboradores de la SUNAT pues mediante.

¿Cómo saber si es Agente de Retención y Agente de Percepción? Mediante Resolución de Superintendencia se van acreditando quiénes van a ser los agentes de retención y agentes de percepción, el cual le acreditará este cargo mediante el "Certificado de Agente de Retención" durante la vigencia que la norma señale, del mismo modo se podrá excluirlos de serlos.

¿Cuándo se deposita el dinero retenido, el agente de retención? El retenedor de la retención y la percepción deberá declarar mediante el Formulario Virtual N° 626 en el mes siguiente de efectuada la retención, por ejemplo si realiza la retención en el mes de Abril deberá declarar y pagar conjuntamente con el Cronograma de Impuestos establecido por la SUNAT por lo que le correspondería realizarlo en el mes de Mayo.

¿Se llevará algún Registro? Los contribuyentes designados como Agentes de Retención y Agentes de Percepción deberán llevar además un Registro dónde anotaran las retenciones efectuadas.

¿Qué documento deberá extender el Agente de Retención y percepción cada vez que realicé la retención del impuesto? Los Agentes de retención y Percepción deberán entregarles a los clientes (Si son Agentes de Retención) o a los proveedores ( Si son agentes de Percepción) un comprobante de pago establecido por la SUNAT

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