lunes, 5 de agosto de 2024

Postergación del uso del SIRE

Mediante Resolución de Superintendencia N°145-2024/SUNAT,  se estableció la postergación de la obligación de utilizar el SIRE con la presentación del periodo de enero de 2025(que se presenta en el mes de febrero de 2025) para el envío de información de sus libros de ventas y compras a través del SIRE.  

'Antecedentes

En 2015, mediante Resolución de Superintendencia N°361-2015/SUNAT, se estableció la obligación de llevar libros contables de ventas e ingresos y compras en formato electrónico.

Utilice el límite de ingresos para llevar libros electrónicos

Las empresas que han obtenido en ese periodo 

Los ingresos superiores a 500 UIT  estaban obligados a llevar libros electrónicos (Compras y Adquisiciones) a partir del 1 de enero de 2014. 
Los ingresos superiores a 150 UIT  estaban obligados a portar libros electrónicos (Compras y Ventas) a partir del 1 de enero de 2015.
Ingresos superiores a 75 UIT  estaban obligados a llevar Libros Electrónicos (Compras y Ventas) desde 2016

A partir del 1 de enero de 2024, están obligados a llevar los libros de ventas e ingresos y compras en formato electrónico, considerando el mes de mayo (del año anterior al año anterior) y el mes de abril (del año anterior)

<<Mientras la SUNAT decide el uso obligatorio del SIRE>>

Meses a considerar en el cálculo de contribuyentes obligados en 2024

Deberán considerar sus ingresos desde el mes de mayo de 2022 hasta el mes de abril de 2023  según lo señalado en el inciso f) del artículo 2 de la norma legal,

Para determinar la obligación se utilizará la UIT.

Se tomará como referencia la UIT vigente a mayo de 2022 (S/ 4,600.00)

Cajas que se consideraron para realizar el cálculo. 

Los montos declarados en las casillas 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o casilla 100 del PDT 621 - IGV Simplificado - Ingreso Mensual.

 
Momento para declarar por medios electrónicos

Asimismo, los sujetos antes mencionados que estén obligados a llevar registros electrónicamente lo harán a partir del 1 de enero de 2024. 





Del PLE y la llegada del SIRE

Mediante Resolución de Superintendencia N°242-2022, la SUNAT aprobó el Sistema Integrado de Libros Electrónicos (SIRE) en cuya plataforma se llevará el registro de compras (RCE) y el registro de ventas (RVIE).

  • Sin embargo, ha habido varios aplazamientos, hasta el día de hoy. 
  • Por lo tanto, quienes estaban obligados y no presentaron el SIRE pueden regularizar su presentación hasta el mes de febrero de 2025.
  • Asimismo, quienes no estén obligados podrán seguir llevándolo en el PLE o en sus registros manuales, hasta el periodo de enero de 2025.

No hay comentarios: