domingo, 2 de septiembre de 2012

No emitir comprobantes de pago, origina el cierre temporal del negocio

Actualmente existe en el régimen de gradualidad de sanciones referido a las infracciones cometidas por no emitir o no entregar comprobantes de pago, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
En tal sentido la resolución establece que la cantidad de días de cierre se incrementará de manera gradual de tres, seis y diez días para la primera, segunda, tercera y demás oportunidades en que se cometa la falta.
La Sunat realiza de vez en cuando, una campaña nacional de formalización y acciones preventivas, en las que emite actas preventivas y brinda orientación a los infractores para que conozcan los cambios establecidos en la resolución y conozcan los beneficios de la formalización.







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